El CAP de Viajeros (CAP de Autobús) es el Certificado de Aptitud Profesional obligatorio a partir del 11 de septiembre de 2008 para los conductores profesionales de autobuses, además del permiso D correspondiente.
Los conductores de autobús que hayan obtenido el permiso tras dicha fecha tienen que realizar un curso CAP de Autobús de Formación Inicial. Exiten dos modalidades de este curso:
Una vez realizado el curso CAP de Autobús hay que superar el examen en la comunidad de residencia.
Los conductores profesionales que obtuvieron el permiso D antes de la entrada en vigor del CAP de Viajeros (CAP de Autobús) no están obligados a obtener la cualificación inicial, pero se establece un sistema escalonado en 5 años para que realicen los cursos CAP de Autobús de Formación Contínua a los que sí están obligados. Estos cursos de formación contínua son de 35 horas teóricas. (Más Información).
Todos los conductores de autobús deben realizar cada 5 años un curso CAP de Autobús de Formación Contínua sin que sea necesario examinarse.
No es necesaria la previa titularidad del permiso de conducción para seguir los cursos y concurrir a los exámenes.
El CAP de Mercancías (CAP de Camión) es el Certificado de Aptitud Profesional obligatorio desde el 11 de septiembre de 2009 para los conductores profesionales de camión, además del permiso C correspondiente.
Los conductores de camión que hayan obtenido el permiso tras dicha fecha tienen que realizar el curso CAP de Camión de Formación Inicial. Existen dos modalidades:
Los conductores profesionales que obtuvieron el permiso C antes de la entrada en vigor del CAP de Mercancías (CAP de Camión) no están obligados a obtener la cualificación inicial, pero se establece un sistema escalonado en 5 años para que realicen los cursos CAP de Camión de Formación Contínua a los que sí están obligados. Los cursos de Formación Contínua son de 35 horas teóricas. (Más Información).
Todos los conductores de mercancías deben realizar cada 5 años un curso CAP de Camión de Formación Contínua de 35 horas sin que sea necesario examinarse.
No es necesaria la previa titularidad del permiso de conducción para seguir los cursos y concurrir a los exámenes.
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